Derecho a la verdad en América
Este informe fue preparado por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), con el objetivo de apoyar los esfuerzos del sistema interamericano orientados a promover el derecho a la verdad. Presenta la sistematización del marco jurídico aplicable, el análisis de algunas experiencias que se han implementado en la región, y hace una serie de recomendaciones para consolidar y mejorar la legislación, políticas y prácticas de los Estados dirigidas a abordar esta temática.
El documento está dividido en cuatro capítulos. El primero contextualiza la relación entre democracia, derechos humanos y verdad, y la importancia del derecho a la verdad. En el segundo capítulo, la Comisión explica el marco jurídico aplicable, así como las normas y estándares del sistema interamericano en relación con el derecho a la verdad. En el tercer capítulo se analizan algunas iniciativas nacionales emprendidas por los Estados de la región y de la sociedad civil a la luz de los estándares existentes. Finalmente, la Comisión formula las conclusiones y recomendaciones pertinentes.
El informe señala que de acuerdo con estos estándares, el derecho a la verdad se deriva de un conjunto de derechos establecidos en los instrumentos internacionales de derechos humanos y su garantía depende fundamentalmente de la implementación de mecanismos judiciales como respuesta frente a violaciones graves de derechos humanos e infracciones al Derecho Internacional Humanitario (DIH). La garantía del derecho a la verdad también involucra un conjunto de medidas políticas y jurídicas orientadas a contribuir al esclarecimiento de las violaciones de derechos humanos, la reparación de las víctimas y el fortalecimiento de las instituciones democráticas. En todas estas iniciativas, resulta esencial la participación y coordinación con las víctimas, sus familiares, defensores y defensoras de derechos humanos, organizaciones de la sociedad civil y la sociedad general.
Precisamente por su historia, los Estados de las Américas han sido pioneros en la adopción de diferentes mecanismos destinados a enfrentar las situaciones de graves, masivas y sistemáticas violaciones de derechos humanos. Sin embargo, todavía resulta necesario dar pasos decididos para resolver esas situaciones y crear los mecanismos necesarios a fin de reparar integralmente a las víctimas y fortalecer el Estado de Derecho.
La CIDH reafirma su compromiso de colaborar con los Estados en la búsqueda de soluciones a los problemas identificados. Varias medidas adoptadas por los Estados para garantizar el derecho a la verdad en la región y el reconocimiento de las dificultades vinculadas con el juzgamiento de graves violaciones de derechos humanos e infracciones al DIH reflejan la comprensión y el reconocimiento de la gravedad de las problemáticas existentes, y el compromiso de abordar efectivamente los obstáculos que enfrentan las víctimas de estas violaciones.
En este sentido, se recomienda a los Estados que:
- Redoblen los esfuerzos para garantizar el derecho a la verdad en casos de violaciones graves de derechos humanos e infracciones al DIH. Para ello, la Comisión insta a los Estados a revisar su normativa interna, derogar aquellas disposiciones que de manera directa o indirecta impidan cumplir con sus obligaciones internacionales, y adoptar legislación que garantice el derecho a la verdad.
- En particular, redoblen los esfuerzos para prevenir el fenómeno de la desaparición forzada de personas e implementen los mecanismos necesarios para tipificarlo como un delito penal; esclarecer lo ocurrido a las víctimas; determinar su paradero; identificar los cuerpos exhumados; y entregar los restos a los familiares de acuerdo con sus deseos, así como con los mecanismos adecuados para asegurar su participación en el proceso. La CIDH recomienda a los Estados ratificar la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas y la Convención Internacional para la protección de todas las personas contra las desapariciones forzadas.
- Eliminen todos los obstáculos legales y de facto que impidan el inicio y/o seguimiento de procesos judiciales en relación con violaciones de derechos humanos, incluyendo la adopción y mantenimiento de leyes de amnistía.
- Eliminen el uso de la jurisdicción penal militar para supuestos de violaciones de derechos humanos.
- Adopten las medidas necesarias para garantizar la colaboración de todas las instituciones estatales en relación con la desclasificación de documentación y provisión de información en los procesos investigativos judiciales o extrajudiciales en curso o que se inicien en el futuro. En el caso de graves violaciones a los derechos humanos e infracciones al DIH en contextos transnacionales o regionales, los Estados deben adoptar todos los esfuerzos necesarios para cooperar en la entrega de información oficial a los Estados que buscan investigar, juzgar y sancionar dichas violaciones.
- Provean el apoyo político, presupuestario e institucional necesario a las iniciativas oficiales extrajudiciales de determinación de la verdad, tales como las Comisiones de la Verdad. En particular, los Estados deben garantizar condiciones adecuadas para la creación y funcionamiento a las Comisiones de la Verdad, y deben adoptar las medidas pertinentes para implementar efectivamente las recomendaciones formuladas por dichas Comisiones, en un plazo razonable.
- Continúen llevando a cabo ejercicios de memorialización, pedidos de disculpas y reconocimiento de responsabilidad por la comisión de violaciones de derechos humanos.
- Sistematicen los esfuerzos emprendidos en relación con la garantía del derecho a la verdad e implementen amplias campañas de difusión que permitan socializar los resultados alcanzados.
- Adopten las medidas necesarias para clasificar, sistematizar, preservar y tener a disposición archivos históricos relacionados con violaciones graves a los derechos humanos e infracciones de DIH.
Tomado de la página web de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos - CIDH.
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